Son aquellos Beneficiarios que en caso de fallecimiento del Titular de la Cuenta individual, tendrán derecho a disponer de los recursos de la Cuenta sin requerir el reconocimiento de un órgano jurisdiccional.
El cónyuge o la cónyuge es el principal beneficiario legal de los recursos acumulados durante la vida laboral del Trabajador y, de no existir esta figura, los ahorros podrán ser retirados por la concubina o concubinario e hijos menores de 16 años o hasta 25 años cuando realicen estudios en planteles del Sistema Educativo Nacional.
También se contemplan a los hijos mayores con alguna discapacidad o los padres, siempre y cuando dependen económicamente del Titular de la Cuenta de Ahorro para el Retiro.
Es importante designar a tus beneficiarios para que los tengas protegidos ante cualquier eventualidad.
Si ya hubo una designación previa de tus beneficiarios y deseas actualizarlos, los podrás cambiar por medio de una Modificación de Datos
ANTES DE OCTUBRE 2021:
Los recursos de la Cuenta Individual que no se utilizaban para la pensión, se entregaban a los beneficiarios legales y en caso de no contar con ellos se tenía que interponer juicios para recuperar los recursos.
A PARTIR DE OCTUBRE 2021:
Los recursos de la Cuenta Individual que no se usen para el pago de la pensión o que no tengan algún fin específico podrán retirarse por los/las beneficiarios que tú decidas.
PARA DESIGNAR A TUS BENEFICIARIOS:
• Deberás contar con tu NSS o CURP
• Contar con tu Identificación Oficial vigente
• Contar con tu RFC con homoclave (recomendable)
• Nombre y apellidos de tus Beneficiarios a designar
• Contar con CURP de Beneficiarios a designar (recomendable)
•Y establecer el porcentaje que otorgarás a cada Beneficiario del Saldo de tu Cuenta Individual.
En caso de fallecimiento, tus beneficiarios legales tendrán derecho a la pensión que les otorgue el Instituto y tus beneficiarios designados tendrán derecho a recibir los recursos que en términos de las disposiciones legales puedan entregarse en una sola exhibición.
Reúne los siguientes documentos:
•CURP
• Identificación Oficial vigente
• Nombre y apellidos de tus Beneficiarios a designar
• Contar con CURP de Beneficiarios a designar (recomendable)
• RFC con homoclave (recomendable)
Deberás contar con un Expediente Electrónico
actualizado. En caso de que no cuentes con el o no esté
actualizado, deberás llevar los siguientes documentos:
• Identificación oficial
• Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses
• RFC con homoclave
Acude a una sucursal de Afore Azteca con tus documentos para iniciar el trámite:
El Agente Promotor revisará los documentos e iniciará el proceso.
Durante el mismo el Agente te tomará una foto, tus huellas y datos.